Estatuto de los consumidores electrointensivos, Real Decreto 1106/2020

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Los requisitos para ser considerado consumidor electrointensivo, según el RD Ley 1106/2020, son:

1. Consumir al menos 1 GWh/año al menos 2 de los 3 últimos años(incluido el autoconsumo, si lo hubiera). No se distingue la tensión del suministro
2. Consumir al menos el 50% en periodo Valle. (P6)
3. Operar unos CNAE determinados, que se amplían para la industria agroalimentaria en el borrador de proyecto.
4. Que el cociente entre el consumo anual y el valor añadido bruto sea superior a 0,8 KWh/euro(en la versión de 2020 1,5 kWh/euro) al menos 2 de los 3 últimos años. Este valor se revisará anualmente. En el borrador presentado se fija en 0,4 kWh/euro.

Si quieres conocer los beneficios y obligaciones de ser consumidor electrointensivo, pincha en el enlace al vídeo del webinar completo, impartido por Enertrade, y organizado por el Basque Food Cluster: